El PP presenta una moción en apoyo de la prisión permanente revisable
La medida insta a los diferentes grupos parlamentarios del Congreso de los Diputados a que reconsideren su postura sobre la derogación de la prisión permanente revisable
Antonio Ortiz
Martes, 6 de febrero 2018, 21:10
El grupo municipal popular va a proponer en el pleno que celebrará mañana la Corporación Municipal la aprobación de los siguientes acuerdos:
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1. Manifestar el ... apoyo a la figura de la prisión permanente revisable incorporada al ordenamiento jurídico español por la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
2. Instar a los diferentes Grupos Parlamentarios con representación en el Congreso de los Diputados a que reconsideren su postura sobre la derogación de la prisión permanente revisable.
3. Dar traslado de estos acuerdos al Ministro de Justicia, a los Grupos Políticos del Congreso, Senado y Asamblea de Extremadura, y a la Junta de Gobierno de la FEMP.
En la exposición de motivos, los populares consideran que la prisión permanente revisable no renuncia a la reinserción del penado, pues una vez cumplida una parte mínima de la condena, "un Tribunal deberá valorar nuevamente las circunstancias del penado y del delito cometido y podrá revisar su situaciónpersonal".
La previsión de esta revisión judicial periódica de la situación personal del penado, idónea para poder verificar en cada caso el necesario pronóstico favorable de reinserción social, dice la Exposición de Motivos, "aleja toda duda de inhumanidad de esta pena, al garantizar un horizonte de libertad para el condenado".
Una vez cumplido el tiempo mínimo de la pena, "si el Tribunal considera que no concurren los requisitos necesarios para que el penado pueda recuperar la libertad, se fijará un plazo para llevar a cabo una nueva revisión de su situación; y si, por el contrario, el Tribunal valora que cumple los requisitos necesarios para quedar en libertad, se establecerá un plazo de libertad condicional en el que se impondrán condiciones y medidas de control orientadas tanto a garantizar la seguridad de la sociedad, como a asistir al penado en esta fase final de su reinserción social".
Añade la exposición de motivos que "la pena de prisión permanente revisable no constituye, por ello, una suerte de «pena definitiva» en la que el Estado se desentiende del penado. Al contrario, se trata de una institución que compatibiliza la existencia de una respuesta penal ajustada a la gravedad de la culpabilidad, con la finalidad de reeducación a la que debe ser orientada la ejecución de las penas de prisión".
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