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Villafranca Avanza presenta dos reclamaciones relacionadas con las supuestas irregularidades en las ofertas de empleo publicadas por el Ayuntamiento de Villafranca

En menos de una semana, esta formación ha presentado dos recursos contra dos ofertas de empleo publicadas por sendos decretos de la alcaldía, por considerarlas justas e ilegales

Antonio Ortiz

Martes, 13 de diciembre 2016, 19:09

Bajo el título 'La estafa del empleo en Villafranca', el grupo municipal Villafranca Avanza ha hecho público un comunicado para informar de las dos reclamaciones ... que han puesto respecto a las irregularidades que aseguran haber encontrado en las ofertas de empleo publicadas por el Ayuntamiento de Villafranca. El texto íntegro de la nota de prensa dice textualmente lo siguiente:

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"El Ayuntamiento de Villafranca, como el resto de ayuntamientos de España, contrata a personas para ocupar puestos de trabajo. Esto se regula a través de Decretos de Alcaldía, que establecen los criterios de selección; no olvidemos que se trata de dinero público, y hay que explicar cómo y en qué se está gastando.

En menos de una semana, VILLAFRANCA AVANZA ha presentado dos recursos contra dos ofertas de empleo publicadas por sendos Decretos de Alcaldía, por considerarlos injustas e ilegales. Los dos recursos pueden consultarse íntegros en el Facebook de Villafranca Avanza.

El primer recurso fue contra el Decreto de Alcaldía que regula el Plan de Empleo Social, financiado desde la Junta de Extremadura. Entre las numerosas irregularidades e injusticias que contradicen la legislación regional, podemos destacar que el Ayuntamiento obliga a presentar las solicitudes en el propio Ayuntamiento, sólo concede 7 días hábiles para hacerlo, no concreta un plazo para subsanación de errores y prohíbe presentar más de una solicitud por Unidad Familiar. Este último hecho es aún más grave de lo que podría parecer puesto que el Ayuntamiento de Villafranca, al contrario que la Junta de Extremadura, considera Unidad Familiar a cualquier persona con un parentesco de hasta segundo grado, ¡independientemente de que convivan en la misma vivienda!

En el colmo de las absurdeces, el Ayuntamiento obliga a acreditar un año de empadronamiento y residencia en el domicilio actual, aunque este requisito no esté vinculado con el objeto de las ayudas, es decir, contratar a personas paradas de larga duración.

El segundo recurso fue contra el Decreto de Alcaldía para un puesto de trabajo de Conserje en la Escuela Valdequemao VIII. Para este puesto, el SEXPE realiza una preselección y decide quién tiene derecho a optar al puesto. ¿Bajo qué criterios? Nadie lo sabe. Y es que el Decreto de Alcaldía no establece los criterios aplicados por el SEXPE para realizar la preselección de los aspirantes.

Este preselección contraviene varias leyes, que establecen que los Ayuntamientos deben dar publicidad de las convocatorias y de sus bases, y que el acceso al empleo público debe regirse de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.

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Sin palabras".

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