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Medida aprobada por el equipo de Gobierno

La bajada de impuestos entrará en vigor el 1 de enero de 2021

Tendrá una repercusión económica de unos 150.000 euros en las arcas municipales y afectará en el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, en el impuesto sobre vehículos de tracción mecánica y en el de bienes inmuebles

Jueves, 16 de enero 2020, 14:57

Juan Carlos García Márquez, concejal de Economía y Hacienda ha hecho público, a través de nota de prensa, la que será dice, la primera bajada de impuestos que se produzca en la localidad, señala, «tendrá una repercusión económica de unos 150.000 euros en las arcas municipales y entrará en vigor el próximo 1 de enero de 2021».

En concreto hace referencia a la ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras. Se bonificará con el 90% de la cuota las que favorezcan las condiciones de acceso y habitabilidad de personas con discapacidad, que se realicen en viviendas o en los edificios en que estas se ubiquen.

También, hace mención a la ordenanza fiscal reguladora sobre el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. Sobre la cuota de tarifa señaladas en el cuadro del artículo 95.1 se aplicará un coeficiente de incremento del 1,20. Anteriormente se aplicaba el 1,40. Por tanto, la bajada será del 16,67% en este coeficiente. Disfrutarán de la bonificación aquellos vehículos que no sean de combustión interna (eléctricos, de pila de combustible o de emisiones directas nulas), vehículos híbridos enchufables PHEV (Plug in Hybrid Vehicle) o vehículos eléctricos de rango extendido. En estos casos, la bonificación tendrá un porcentaje del 50%.

También para aquellos vehículos que, según su homologación de fábrica, utilicen el gas o el bioetanol o sean de tecnología híbrida, e incorporen dispositivos catalizadores, adecuados a su clase y modelo, que minimicen las emisiones contaminantes. En estos casos, la bonificación tendrá un porcentaje del 30%.

La última bajada tiene que ver con la ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Así, tendrán derecho a una bonificación en la cuota íntegra del impuesto, los sujetos pasivos del impuesto, que ostenten la condición de titulares de familia numerosa, cuyo importe no podrá exceder de los siguientes límites:

a) Titulares de familia numerosa con categoría general: 30%.

b) Titulares de familia numerosa con categoría especial: Se incrementará un 5% por cada hijo más, con respecto a lo establecido para la categoría general, siempre que el bien inmueble constituya la vivienda habitual del sujeto pasivo.

Concluye, «seguimos trabajando para reducir la presión fiscal municipal para que llegue al mayor número de ciudadanos posible centrándonos a partir de ahora en algunas tasas y en el I.B.I. con carácter general. En los próximos presupuestos daremos a conocer ya las siguientes actuaciones en materia de disminución de impuestos y tasas cumpliendo lo prometido a los ciudadanos de Villafranca».

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